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¿Qué necesito para dar de alta la luz?

Actualizado: 17 dic 2020

Cambiar de compañía eléctrica, cambiar de titular o dar de alta la luz son gestiones más sencillas de lo que crees. Te explicamos las diferencias entre ambas y los pasos para llevarlas a cabo.


Si acabas de comprar o alquilar una vivienda o un local es probable que necesites o bien dar de alta la luz o bien hacer un cambio de titular en el contrato (algo muy recomendable tanto para personas propietarias como para inquilinas). Y si cambias de titular, puede que también quieras cambiar de compañía eléctrica. Recuerda que aunque estés de alquiler, puedes cambiar de compañía, sin problemas. Te explicamos cómo dar de alta la luz, cuánto cuesta este trámite y cómo hacer un cambio de titular del suministro de electricidad y/o de compañía, dos trámites que por sí solos no tienen coste alguno.



¿Cómo dar de alta la luz?

Dar de alta la luz significa solicitar un alta nueva, es decir, pedir la activación de un suministro en el que no hay luz, que es algo que lleva a cabo la distribuidora a petición de la comercializadora que escoja el cliente (aquí detallamos las diferencias entre comercializadora y distribuidora).


El cambio de comercializadora eléctrica también se gestiona así, aunque se trate de un caso diferente. Simplemente, se realiza un traspaso de datos en un suministro eléctrico activo, el cual no se interrumpe en ningún momento, algo parecido a las portabilidades en telefonía.



¿Y si quiero cambiar de titular?

Para realizar un cambio de titular:

  • Si eres cliente, puedes facilitarnos los datos de contacto del nuevo titular a través de tu Zona de Cliente, y nosotros nos pondremos en contacto para finalizar los tramites.

  • Si estás haciendo un cambio o un alta nueva a Holaluz (¡Hola! 😄), recuerda que durante el proceso de alta ya pasarás a ser el nuevo titular con los datos que nos has facilitado.


¿Qué documentación necesito?


Para dar de alta la luz, necesitarás tener a mano la siguiente la documentación básica:

  • Cédula de habitabilidad. Si la vivienda es de nueva construcción necesitarás la Licencia Primera Ocupación o de Primera Apertura.

  • Boletín Eléctrico (o Certificado de Instalación de Baja Tensión) expedido por un electricista acreditado.

  • Fotocopia del DNI, Pasaporte NIE o Certificado de Autónomos. Si el nuevo punto de suministro eléctrico es para una empresa necesitarás una fotocopia el CIF e indicar el cargo del solicitante,

  • CUPS. Es un código que sirve para identificar tu instalación de electricidad, algo así como “su DNI”. Si lo desconoces, y en esa vivienda o local ha habido luz alguna vez, puedes enviarnos la dirección completa junto con la documentación (nos la pedirá la distribuidora) y nosotros encontraremos el CUPS fácilmente, te lo enviaremos y podrás completar el proceso de alta. Si nunca ha habido luz, lo más rápido es que contactes con la distribuidora eléctrica de la zona para que ellos te lo faciliten y les envíes la documentación. Aquí tienes los teléfonos de las principales distribuidoras, por zonas.

Sea cual sea tu caso, asegúrate de conocer todas las condiciones del contrato de la compañía por la que te vayas a decidir, tanto en lo que respecta a tarifas de luz como a servicio (¿qué incluye y qué no?), algo muy importante y que puede marcar la diferencia. Y por último, ten en cuenta si te ofrecen un precio de energía fijo o uno variable.



¿Cuánto cuesta dar de alta la luz?


La comercializadora no debería cobrarte nada por el alta pero te facturará los costes que cobra la distribuidora:

  • Derechos de acceso: 19,70 € por cada kW solicitado.

  • Derechos de extensión: 17,37 € por cada kW solicitado. Este importe debe abonarse sólo cuando la instalación eléctrica no esté realizada (por ejemplo en viviendas de obra nueva) o bien si ya ha habido luz pero han pasado más de 3 años desde que la hubo.

  • Derechos de enganche: 9,04 € por actuación.

  • Depósito: Corresponde a un importe igual a la facturación teórica mensual correspondiente a cincuenta horas de utilización de la potencia contratada.

Veámoslo en un ejemplo. Para contratar un nuevo punto de suministro con una potencia contratada de 4,6kW en una casa nueva (o que hace más de 3 años que se dio de baja la luz) los costes serían los siguientes:



Para darte de alta no tendrás que hacer ninguna gestión: tan sólo necesitarás tener a mano una de tus facturas actuales y facilitarnos algunos datos.

¡Del resto nos ocupamos nosotros!

Y recuerda que aunque estés de alquiler puedes elegir la compañía eléctrica que tú prefieras, al igual que como sucede con tu contrato de Internet o tu línea telefónica.



¿Cuánto tardan en dar de alta de la luz?


Dar de alta un nuevo suministro de luz suele tardar entre 5 y 7 días laborales. Es el plazo que suele tardar la distribuidora en dar de alta un nuevo punto de suministro, después de recibir la documentación por parte de la comercializadora. Si ya han pasado 10 días y todavía no tienes luz, llámanos y lo solucionaremos.



¿La distribuidora puede rechazar una solicitud de alta?


Después de enviar la documentación necesaria para solicitar el alta de un nuevo suministro, puede ser que la distribuidora lo rechace por algún motivo en particular y pedir correcciones u otros documentos a posteriori. No te preocupes, en NEW ENERGY estamos en contacto directo con las distribuidoras y siempre hacemos todo lo posible para molestarte lo más mínimo.

¿Tienes más dudas? ¡Estamos aquí para ayudarte! Déjanos un comentario, mándanos un e-mail o pregúntanos en nuestro whatsapp 692.363.582. ¡Tú eliges!




Fuente: El mejor blog de electricidad de España, blog.holaluz.com



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